Regla 17a IGUALDAD.
Todos los Hermanos, sin distinción de sexo, serán iguales en dignidad y gozarán de los mismos derechos y obligaciones, quedando sujeta la Hermandad a la adecuación a las normas y disposiciones de la Iglesia y a las presentes Reglas.
Regla 18a SACRIFICIO EUCARÍSTICO.
La Hermandad aplicará el sacrificio Eucarístico por:
- Los Hermanos en el día de su recepción.
- Por los Hermanos difuntos con ocasión de su fallecimiento, previa notificación de familiares o conocidos. En el mes de Noviembre, procurando coincidir con la Misa de primer viernes de mes, se celebrará Misa aplicada por todos los Hermanos que pertenecieron a la Hermandad y hayan fallecido.
Regla 19a CONMEMORACIÓN.
Se conmemorarán los 25, 50 y 75 años de antigüedad en la Hermandad de aquellos Hermanos, que desde su fecha de admisión, así lo cumplan; agradeciendo al Señor los dones recibidos y la fidelidad en el deber cumplido. A estos Hermanos se les hará entrega de un recuerdo conmemorativo (aprobado previamente por la Junta de Gobierno) después del acto de Protestación de Fe.
Regla 20a DERECHOS DE LOS HERMANOS.
- Participar en todos los actos de culto y demás actividades espirituales, formativas y de convivencia fraterna organizadas por la Hermandad y gozar de los beneficios espirituales de la misma.
- Ser convocados, participando con voz y voto, a los Cabildos Generales que se celebren, siempre que tengan la mayoría de edad establecida por ley, un año de antigüedad y haber hecho el acto de juramento y Protestación de Fe.
- Portar la Medalla de la Hermandad en los actos corporativos.
- Vestir la túnica en la Estación de Penitencia, a no ser que presente algún trastorno físico o psíquico que lo impida, si así es podrán acompañar a nuestros Titulares vestidos de paisanos detrás de las Imágenes.
- Ser elegido para desempeñar cargos en la Junta de Gobierno, si reúnen los requisitos establecidos por las presentes Reglas y las Normas Diocesanas.
- Presentar a la Junta de Gobierno cualquier proposición verbal o escrita.
- Ser informado por la Junta de Gobierno de asuntos relevantes en la vida de la Hermandad a través de los Cabildos Generales o por los medios que la Junta de Gobierno considere oportunos.
- Solicitar de la Junta de Gobierno, la convocatoria de Cabildo General Extraordinario, expresando el motivo. Esta solicitud ha de realizarse por escrito y firmada por el 40 % de los Hermanos con derecho a voto, en cuyo caso la Junta de Gobierno lo convocará en el próximo Cabildo General Ordinario.
- Inspeccionar, en los Cabildos Generales correspondientes, las cuentas y justificantes.
- Quedarán suspendidos temporalmente de sus derechos, los Hermanos que tengan pendientes de pago la cuota de una anualidad completa o más, pudiendo recobrarlos en el momento en que las abonen. En el caso de que dichas cuotas impagadas, pasen de tres, perderá la antigüedad en la misma.
- El Cabildo de Oficiales tiene potestad para distinguir a un Hermano fallecido. Las condiciones para esta distinción son: tener más de cincuenta años como miembro de la Hermandad o ser propuesto por algún Hermano a la Junta de Gobierno por su testimonio de vida cristiana. La distinción consistirá en un distintivo de respeto y señal de luto en alguna Insignia o en alguno de los Pasos Procesionales.